Texto: LAN\2007\474 Estado: Disposición vigente
Resolución de Consejería de Economía y Hacienda, de 9 octubre 2007. Declara necesaria la uniformidad de vehículos con destino a la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Datos de la publicación donde se genera esta versión:
BOJA núm. 212 de 26/10/2007
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2007/212
Procedencia: Consejería de Economía y Hacienda
Versión de 9/10/2007
Tipo de versión: INICIAL
Vigencia: 27/10/2007
En el marco de lo establecido en el artículo 183 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio (LAN\2000\1380 y 2126), el Decreto 110/1992, de 16 de junio (LAN\1992\182), por el que se regula el régimen de adquisición centralizada de determinados bienes en la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en su artículo 9, señala la relación de bienes que quedan sometidos al régimen de adquisición centralizada, entre los que se encuentran vehículos de turismo, transporte colectivo y de carga.
El artículo 10 del citado Decreto establece como requisito previo a la convocatoria que determinará los modelos, precios unitarios y empresas suministradoras, el acuerdo de la Dirección General de Patrimonio declarando necesaria la uniformidad de dichos bienes.
Mediante Resolución de 3 de abril de 2006, de la Consejería de Economía y Hacienda, se adjudicó el concurso de Determinación de Tipo de Vehículos 2005/2007, haciéndose necesaria la convocatoria de un Acuerdo Marco que deberá regir la contratación de los referidos bienes por la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en los próximos años.
Ante el grave problema de las emisiones a la atmósfera de CO2 se incluye en esta convocatoria un amplio grupo de vehículos de tipo ecológico con accionamiento híbrido, con motores a bioetanol, biodiesel o cualquier otro tipo de propulsión no derivado de combustibles fósiles.
La experiencia acumulada en relación con la homologación de tipos de bienes, ha demostrado su bondad, tanto por la calidad contrastada de los bienes que se homologan, como por los precios conseguidos para los mismos, además de la simplificación de trámites administrativos que ello conlleva.
Ante estas circunstancias, y en uso de las facultades que me confiere la legislación vigente sobre contratación administrativa, resuelvo:
PrimeroDeclarar necesaria la uniformidad de vehículos, cuyos tipos se relacionan en el Anexo adjunto, para la utilización común por la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
SegundoPublicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su general conocimiento.
1. Automóviles de turismo. (Todas las gamas, incluso monovolúmenes.)
2. Automóviles de turismo ecológicos en sus distintas gamas, con accionamiento híbrido, mediante motores con bioetanol, biodiésel, o cualquier otro tipo de propulsión no derivado de combustibles fósiles.
3. Furgonetas. (Todas las variantes, incluso con equipamientos especiales como isotermos, plataformas elevadoras, etc.)
4. Minibuses y microbuses.
5. Automóviles todo terreno (en sus diversas variantes, cortos, largos, cabina caja, etc.)
6. Camiones de dos ejes hasta 18.000 kg de peso máximo autorizado.
7. Camiones de tres ejes, de peso máximo autorizado no superior a 26.000 kg.
8. Camiones todo terreno.
9. Vehículos con equipamiento policial.
10. Dumper (para obras, movimiento de áridos, etc.).
Este documento no tiene validez jurídica